Servicio de Abogado Penal para detenciones en Aeropuertos de málaga, Granada y Almería
Primera Instancia Abogados Penalistas defiende a detenidos en los aeropuertos de Málaga, Granada, Almería. Si has sido detenido saliendo o volviendo de vacaciones en Granada, Málaga o Almería. Nuestro Despacho de Abogados puede ayudarte.
Detenciones penales en Aeropuertos
- Detenidos por delito contra la salud pública (Drogas).
- Detenidos por contrabando de tabaco.
- Detenidos por encontrarse en paradero desconocido o busca y captura judicial.
- Fraude fiscal, blanqueo de dinero y evasión de capitales por introducir dinero no declarado con destino a terceros países
- Contrabando o tráfico de productos prohibidos.
Asistencia por abogados de extranjería e inmigración las 24 horas
- Los extranjeros que no reúnan los requisitos de entrada en territorio español o tengan pendiente una condena para entrar en España les será denegada la entrada en territorio Europeo. Para denegar la entrada en España un funcionario de extranjería deberá dictar una resolución indicando los motivos para denegar la entra en Territorio Shengen.
- La resolución de denegación de entrada será recurrible con arreglo en los casos en que sea permitido por la normativa.
Consejos ante una detención
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico. 2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses. 3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses. 4. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido: 1. El que causara a otro, por cualquier medio o procedimiento, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica, será castigado con la pena de prisión de seis a 12 años. 2. El que causara a otro una mutilación genital en cualquiera de sus manifestaciones será castigado con la pena de prisión de seis a 12 años. Si la víctima fuera menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, será aplicable la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de cuatro a 10 años, si el juez lo estima adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección. ..Alega uno de los recurrentes que ha de aplicarse la eximente de legítima defensa, pero la Sala desestima dicha aplicación ya que en el caso examinado no hay ningún dato que evidencie que el actor se limitara a la realización de actos meramente defensivos. Existe una doctrina consolidada que afirma que no es posible apreciar la existencia de agresión ilegítima en supuestos de riña mutuamente aceptada, porque en ese escenario de pelea recíproca consentida, los contendientes se sitúan al margen de la protección penal al ser actores provocadores cada uno de ellos del enfrentamiento, de suerte que cuando el resultado lesivo se produce no cabe apelar a la legítima defensa, plena o semiplena… Una buena defensa actúa rápido. Si un amigo, novio o familiar ha sido detenido por la Policía o Guardia Civil en Almería o Almería, te ayudaremos. Nos desplazamos con urgencia en detenciones y causas penales. Estudio y presupuesto sin compromiso por el Despacho de Abogados. Llame al teléfono de Abogado de Urgencias 24 horas. No hay soluciones rápidas, ni fáciles. Guarde la calma y no se desespere o desanime. DETENIDO O INVESTIGADO Un investigado nunca está detenido, si bien, si no aparece en la citación se puede solicitar su arresto. Por ello es conveniente asistir con un abogado penal. Si está detenido debe saber que la detención preventiva no podrá durar más de setenta y dos horas. Transcurrido ese tiempo el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial para tramitar la denuncia o querella y citarlo para declarar. No declare sin haberse entrevistado previamente con un abogado penalista. En Primera Instancia Abogados nos entrevistaremos con el detenido estudiando los datos de las diligencias y analizando los hechos. No confíe en nadie sin estar representado por un Abogado experto en Derecho Penal. Una vez un miembro de Primera Instancia Abogados se reúna con usted cuéntele todos los detalles de los hechos. El secreto profesional del abogado le beneficia y está garantizado con nuestro Despacho de Abogados en Almería. Como abogados disponemos de 72 horas para negociar con el Juez su libertad provisional o ingreso en prisión en función de los datos que nos indique el detenido y los informes policiales. Los Abogados Penalistas de urgencias 24 horas de Primera Instancia Abogados se reunirán con la familia y el Detenido de forma privada en un espacio de 3 a 8 horas. La detención no puede durar más de 72 horas sin pasar a disposición Judicial. Cómo Abogados especialistas en Penal en Almería, Málaga y Jaén tendremos que actuar rápido, con la mayor dedicación y en exclusiva poniendo todos los medios del Despacho de abogados a su disposición. Es una situación complicada, recomendamos contratar un Despacho de Abogados Penalista, ya que la experiencia y los medios materiales le van a ser muy útiles. El turno de oficio da unas garantías pero los abogados penales se dan por sorteo pudiendo suceder que se de con un profesional que no reuna la experiencia requerida para un supuesto especial como el suyo. El Abogado de oficio puede ser solicitado por cualquier detenido en comisaría, pero solo será cuando el detenido por la policia o Guardia Civil tenga rentas bajas. En caso contrario deberá pagar los honorarios del Abogado Experto en Derecho Penal posteriormente Si ya ha solicitado un abogado de oficio y nos contrata como abogado penal, nos pondremos en contacto con el abogado de oficio para reunir la documentación y conocer los hechos practicados.
Conforme con lo dispuesto en el artículo 118.-1 de la L.E.Crim
Observaciones sobre los derechos de los detenidos:
Artículo 147 del Código Penal
Artículo 148 del Código Penal
Artículo 149 del Código Penal
SENTENCIAS DESTACADAS DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LOS DELITOS DE LESIONES APLICABLES EN CASO DE PELEAS
Defensa propia y riña mutuamente aceptada
No cabe apelar a la legítima defensa en supuestos de riña mutuamente aceptada
¿Un amigo o familiar ha sido detenido en el Aeropuerto?
El Estado español garantiza la prestación de los servicios de asistencia letrada y defensa en los casos de detenciones en Aduanas, puestos fronterizos, aeropuertos o puertos.
El extranjero tiene derecho a que su abogado esté presente en la entrevista que se realice por funcionario policial.
El abogado que asista a un extranjero que ingresa en prisión con carácter preventivo debe comprobar si se ha puesto en conocimiento de las autoridades diplomáticas y consulares el correspondiente ingreso en prisión. Así como tener contacto diario con Guardia Civil y Policía nacional del Aeropuerto, Consulados y Embajadas o Juzgado de Guardia e Instrucción.
Detenciones en puestos y controles Fronterizos por cuestiones de extranjería
En Primera Instancia ABOGADOS somos expertos abogados en Derecho Penal y Extranjería. Actuamos de forma rápida y profesional para defender a los detenidos sin importar su nacionalidad o condición.
- Ayudamos a los detenidos acreditar que se reúnen los requisitos económicos para la entrada en España.
- Ayudamos a los detenidos acreditar el pasaporte o visado en caso de pérdida o robo.
- Ayudamos a los detenidos a obtener un billete de vuelta.
- Ayudamos a obtener cartas de invitación para acceder al territorio español.
- Tener prohibida la entrada en España por cuestiones varias de materias de derecho internacional.
- Tener prohibida la entrada en Territorio Shengen por haber residido de forma irregular.
- Acceder al territorio Español de forma irregular evadiendo los puestos fronterizos: Pateras, viajes en coche, etc.