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Consejos legales para consumidores de drogas y sustancias estupefacientes

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El consumo de drogas no está penalizado en España,  si bien conlleva sanciones económicas en los casos de consumo en la vía pública. Por tanto, no consuma en la vía pública.

Un tipo agravado es el suministro de drogas a menores de edad, por tanto no consuma ni facilite a los mismos cualquier tipo de sustancia.

La línea entre el autocultivo, el autoconsumo y los delitos relacionados con el tráfico o tenencia notoria de drogas es difuso, por tanto evite entregar drogas a terceros aunque sea como un regalo, ya que puede entenderse como un supuesto de tráfico de drogas.

Igualmente tenga especial cuidado con la cantidad de droga acopiada para su consumo personal, la cantidad va relacionada con la situación personal de cada persona, pero eso solo puede justificarse y sustanciarse dentro de un proceso penal, por lo que en caso de acopio importante es posible que se vea envuelto en un complejo proceso penal.

Especialmente en los casos de cultivo suele haber un amplio número de problemas en cuanto a la cantidad cultivada y pureza que  lleva a que los auto cultivadores que tienen una cantidad notoria por cuestiones de cultivo puedan verse dentro de un grave proceso penal. Sea muy cuidadoso con la cantidad de plantas destinadas a autoconsumo y no siembre nunca más de lo necesario para su acopio personal.

Cualquier denuncia anónima es suficiente para abrir unas diligencias de investigación que acaban en un proceso penal con serias condenas para el consumidor.

Si es un cultivo colectivo, asesórese en los clubs de fumadores, y ate todos los términos correctamente, pues es posible que el titular de la finca sea el procesado en las investigaciones y se quede solo dentro del procedimiento asumiendo en solitario todas y cada una de las graves consecuencias que supone.

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