Solicitud Autorización de Residencia para Trabajar por cuenta propia en España
El Permiso de residencia temporal para empleadores por cuenta ajena o empresarios consiste en una residencia temporal a un extranjero no residente en España para una actividad lucrativa por cuenta propia,
Nuestros Abogados en Granada le ayudarán a obtener su permiso de residencia temporal como empresario en España realizando todas las gestiones y dándole asesoramiento y representación en los procedimientos de extranjería y de asesoría empresarial.
Duración del Permiso de Autorización temporal de Residencia para Trabajar como autónomo
La duración del permiso de residencia para empresarios tiene la misma duración temporal que para trabajadores no pueden ser inferiores a 90 días ni superiores a 5 años y son renovable por periodos sucesivos de dos años.
Normativa de Derecho de Extranjería
- Ley Orgánica 4/2000.
- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
- Ley del Procedimiento Administrativo Común.
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000.
- Instrucción DGI/SGRJ/05/2007, sobre la incorporación, a los expedientes de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, de determinados informes que tendrán la consideración de medios de prueba del cumplimiento de determinados requisitos reglamentarios, sin perjuicio de cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
- Real Decreto Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio.
Requisitos para crear un negocio en Españay obtener la residencia temporal
Para conseguir el permiso de residencia temporal para trabajadores por cuenta ajena o empresarios se exigen una serie de requisitos en los que nuestros abogados expertos en derecho de extranjería en Granada le ayudarán a reunir y presentar ante la Administración:
- No ser ciudadano de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza, o familiar.
- No tener estancia irregular en España.
- Carecer de antecedentes penales.
- No tener prohibida la entrada o encontrarse en fase de retorno voluntario.
- Cumplir los requisitos para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia suficiente.
- Acreditar inversión suficiente y la incidencia en la creación de empleo.
- Acreditar recursos económicos suficientes para manutención y alojamiento.
DOCUMENTACIÓN A APORTAR PARA OBTENER LA RESIDENCIA TEMPORAL
- Modelo oficial (EX-07).
- Copia del pasaporte.
- Declaración responsable o comunicación previa o relación de las autorizaciones o licencias del local comercial.
- Documentación que acredite poseer capacitación o cualificación para ejercer la profesión indicada en el proyecto empresarial.
- Probar una inversión suficiente o compromiso documento de préstamo mediante documentos bancarios en consecuencia con las necesidades del plan de empresa.
- Tener un proyecto de actividad empresarial documentado donde figure el tipo de inversión, rentabilidad, puestos de trabajo que se crearán, etc mediante un informe.