Derecho Extranjería | Obtener el permiso de residencia temporal para trabajadores en España en Almería

Primera Instancia Abogados
En lo relativo a Permisos de Residencia nuestro Despacho de Abogado en Granada ofrece profesionales altamente cualificados en materias de Extranjería que solucionarán sus dudas de forma telefónica, correo electrónico o previa cita de forma presencial en nuestros despachos en Almería y Granada.

Especialidades del área de Derecho Extranjería | Obtener el permiso de residencia temporal para trabajadores en España de nuestro despacho de abogados en Almería

ABOGADO PERMISOS DE RESIDENCIA EN GRANADA

Primera Instancia ABOGADOS  dispone de un Departamento especializado de Derecho de Extranjería donde se realizan todos los trámites y gestiones de Derecho Administrativo relativos a los Permisos de Residencia de Inmigrantes en Granada y relacionados con Abogados especialistas en Extranjería.

Los permisos de residencia temporal para trabajadores se otorgan por un período superior a noventa días e inferior a cinco años y podrán renovarse a petición del interesado si concurren circunstancias análogas a las que motivaron su concesión, por sucesivos períodos con una duración de dos años cada uno.

Nuestros Abogados en Granada le ayudarán a obtener o renovar su permiso de residencia en España realizando todas las gestiones ante la Administración dándole asesoramiento y representación en los procedimientos ante la Brigada de Extranjería en Granada.

En lo relativo a Permisos de Residencia nuestro Despacho de Abogado en Granada ofrece profesionales altamente cualificados en materias de Extranjería que solucionarán sus dudas de forma telefónica,  correo electrónico o previa cita de forma presencial en nuestros despachos en Almería y Granada.

¿Qué necesito para obtener el Permiso de Residencia en España?

Para obtener el Permiso de Residencia en Granada o Almería que le permita moverse por España y el resto de los países europeos no hay un único camino. Los permisos de residencia para extranjeros se otorgan en función de varias características o supuestos no excluyentes.

Tener un familiar que pueda hacerse cargo la situación económica del Solicitante al Permiso de Residencia

En este supuesto la pareja debe ser cónyuge por matrimonio y poder acreditar los medios económicos necesarios para hace un procedimiento de reagrupación familiar. A nivel de Solicitud para hacer una reagrupación familiar del inmigrante en Granada se exige:

En el caso de familias sin hijos o de dos miembros, la cuantía mínima es mensualmente el 150% del IPREM, de ser más se deberá sumar un 50% más. O bien, ser beneficiario de las ayudas por cierre de negocio o estar en Edad de escolarización obligatoria.

Otros criterios secundarios pero no menos importantes para solicitar la reagrupación familiar son acreditar documentalmente el esfuerzo de integración así como carecer de antecedentes penales o cancelarlos previamente.

Normativa Derecho Extranjería aplicable
  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículos 25 bis, 36 y 37).
  • Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
  • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 103 a 109).
  • Instrucción DGI/SGRJ/05/2007, sobre la incorporación, a los expedientes de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, de determinados informes que tendrán la consideración de medios de prueba del cumplimiento de determinados requisitos reglamentarios, sin perjuicio de cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
  • Real Decreto Ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.

Condiciones reglamentarias para obtener el Permiso de Residencia

Haber sido previamente trabajador en España

El Solicitante debe haber cotizado previamente en España para la renovación del permiso de residente exigiéndose como mínimo:

  • Haber cotizado en la Seguridad Social con un contrato de trabajo al menos 6 meses por año y encontrarte en el momento de la solicitud de la renovación del permiso de residencia en Granada en una situación de alta laboral  o contar con una oferta de trabajo firme y documentada para adjuntar a la solicitud.
  • Si no cumples el anterior requisito para renovar la residencia en España se te exigirá haber cotizado como mínimo el espacio de 3 meses por año siempre y cuando  la relación laboral que hubiese tenido se hubiese interrumpido por causas ajenas a tu voluntad del trabajado.

Es decir,  que el despido no sea imputable al trabajador, sino una decisión de la empresa. Además en el momento de la solicitud de renovación del permiso de Residencia se exigirá  ser demandante de empleo (Estar dado de Alta en el PARO en el Servicio Andaluz de Empleo) Así como poder acreditar documentalmente el haber buscado activamente trabajo  o un puesto de empleo y contar con un contrato en vigor en el momento de solicitar la renovación.

  • La última opción es haber estado en situación de alta labora un mínimo de 9 meses efectivos de media en un periodo de 12 o de 18 meses comprendido en un periodo o espacio de 24 meses.

En este caso como en el anterior se exigirá  siempre que la última relación laboral se hubiese interrumpido por causas ajenas a la voluntad del trabajador y poder acreditar documentalmente el haber buscado activamente empleo  remunerado mediante su inscripción como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Andaluz.

¿Cuándo tengo que solicitar el Permiso de Residencia o su Renovación?

El solicitante que deseé renovar el permiso de residencia en Granada debe hacerlo con un tiempo de tres meses. Pasado ese plazo ya no podrás renovar el permiso de residencia. En algunos supuestos se permite la renovación del permiso de residencia en los 90 días posteriores soportando una multa económica por presentarlo fuera de plazo.

Defensa desde el primer momento

Cuéntenos su situación y nos dedicaremos inmediatamente a resolver su caso.

Abrir chat
Hola
¿En qué podemos ayudarte?