En muchos casos como abogados en Almería o como ciudadanos europeos que somos nos planteamos la necesidad de acudir o demandar ante Tribunal Europeo Derechos Humanos ante una injusticia en la que los Tribunales Españoles no dan solución.
Al TEDH se llega tras agotar todas las vías judiciales nacionales y no antes. La Demanda ante el TEDH se debe hacer cuando todo está perdido pero hay una base jurídica para ello.
Como Despacho de Abogados en Almería sabemos que Demandar ante Tribunal Europeo de Derechos humanos no es una tárea sencilla.
Guía de funcionamiento del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (En Inglés)
Os dejamos esta completa Guía para aquellos que quieran conocer como plantear una Demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Es este post encontrareís lo básico para conocer el funcionamiento del TEDH y obligar al estado español a cumpliar la Sentencia del TEDH.
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No es necesario abogado para Demandar ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Para acudir al Tribunal de Derechos Humanos no se necesita un Abogado, puede hacerlo cualquier ciudadano de la Unión Europea rellenando el formulario de Demanda y explicando los Derechos Humanos vulnerados.
Si bien en el 90% de los casos que estas demandas se presentan sin la ayuda de un Abogado experto en Derechos Humanos estás demandas son desestimadas y no se cursan. De hecho la gran mayoría de Demandas son desestimadas por defectos formales o procedimentales.
Quien acuda ante el TEDH debe saber que este órgano tiene recursos limitados y que no es fácil para ellos determinar qué casos son los que deben ser priorizados frente a otros y es ahí donde un abogado experto en Derechos Humanos puede marcar la diferencia.
Formulario de Demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Os dejamos la Plantilla oficial para realizar la Demanda ante el TEDH.
Descargar el Formulario de Demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos o Tribunal de Estrasburgo
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¿Qué es el Tribunal Europeo de Derecho Humanos?
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos o Tribunal de Estrasburgo es el encargado de juzgar e investigar sobre cualquier cuestión que afecte a los Derechos parte del Convenio Europeo de Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH) y en sus Protocolos (1,4,6,7 y 13)
Son parte de este Tribunal todos los países miembros de la Unión Europea y su aceptación es un requisito previo para poder entrar en la Unión Europea.
Qué un país miembro acepte al Tribunal de Estrasburgo significa que acepta a este Tribunal como encima del nacional para las cuestiones jurídicas relacionadas con el Convenio.
¿Cuándo se puede presentar una Demanda ante el Tribunal de Estrasburgo?
Para presentar una demanda con abogado o sin abogado ante el Tribunal Europeo de Derecho Humanos se requiere haber agotado previamente todas las vías judiciales. Una vez agotada todas las vías judiciales el Tribunal de Estrasburgo solo admitirá la demanda cuando entienda que se han vulnerado los artículos del Convenio de Derecho Humanos y sus protocolos.
Errores frecuentes al presentar la Demanda ante el TEDH
Es decir, si no hay base a la que acogerse, el Tribunal Europeo de Derechos humanos no admitirá la pretensión. Razón por la cual es fundamental acudir con un Abogado experto en Derechos Humanos. Primera Instancia Abogados estudiará su caso desde su bufete en Almería.
Descargar Instrucciones sobre como rellenar la Demanda para presentar una Demanda ante el TEDH
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¿Cuándo se agotan las vías nacionales para demandar ante Tribunal Europeo Derechos Humanos?
En España ante una vulneración de los Derechos Humanos se debe plantear un Recurso de Amparo por Abogados en base a los artículos 14 a 29 y 30.2 de la Constitución contra cualquier organización del Estado o CCAA o cualquier otro ente y sus funcionarios frente a disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simples vías de hecho. La vía para reclamarse debe ser necesariamente la Judicial y de modo personal.
Ahora bien, una vez agotadas estas vías como Abogados podemos acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos introduciendo en la demanda los aspectos que no se han tenido en cuenta o se han violado por parte de los órganos del estado español en base a los derechos y libertades parte del convenio de los que España forma parte.
¿En qué casos es mejor Demandar ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos?
A efectos jurídicos la importancia de la Demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos humanos es similar al Recurso de Amparo.
Para cuestiones o materias relacionadas con políticas delicadas o controvertidas donde lo político y lo jurídico se mezcla acudir a Europa puede ser la mejor solución o la única en muchos casos, ya que solo cabe cuando todo está prácticamente agotado.
Si se obtiene una Sentencia estimatoria del TEDH (Tribunal Europeo de Derechos Humanos o Tribunal de Estrasburgo) el Estado Español así como cualquier otro estado firmante está obligado a acatar la sentencia.
¿Cuándo acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos?
Tras agotar todos los recursos judiciales internos establecidos en el Estado en el que se ha producido la presunta violación de derechos humanos que se pretende denunciar.
¿Dónde presentar la Demanda ante el Tribunal de Estrasburgo?
La sede Tribunal Europeo de Derechos Humanos se encuentra en la Ciudad de Estrasburgo. El Tribunal tiene un miembro de cada país firmante hasta la cifra actual de 47 miembros.
Los miembros del Tribunal de Estrasburgo son independientes en sus decisiones y están ayudados por una Secretaría compuesta por letrados.
La Demanda ante el Tribunal de Estrasburgo debe ser planteada necesariamente por Escrito y las respuestas también. Por regla general estudiarán el caso si dar fecha para vistas.
Demandar ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos es Gratis
El Tribunal de Estrasburgo no exige pago de ninguna cantidad o tasa para plantear la Demanda.
Si a estos le súmanos que no se necesita abogado para plantear la demanda es un medio en principio accesible y para todos. El problema de fondo es que la mayoría se rechazan por defectos de forma por haberse presentado sin abogado. De otra, si se finalmente se admite se necesitará representación una vez se notifique al Gobierno español para que de su contestación.
Fases del Procedimiento de Demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
- Admisión de la Demanda: Se estudia si la materia o derecho solicitado se encuentra dentro del Convenio y sus Protocolos.
- Te recomendamos que consultes con Primera Instancia Abogados Almería si estás pensando en Plantear una Demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
- Se notifica a ambas partes para que acerquen posturas de forma amistosa.
- Posteriormente y como suele suceder, a falta de acuerdo el TEDH procede a hacer un estudio de fondo del asunto y decide si hay o no una vulneración de Derechos Humanos.
- Si se declara una Vulneración de Derechos Humanos se pedirá al estado una compensación moral y económica por los perjuicios causados.
- En el caso Español se puede además vía recurso de revisión obtener no solo una indemnización económica, sino la restitución del bien jurídico de forma que se dé un tratamiento similar a cualquier otra sentencia en circunstancias normales.
Normativa relacionada con las Demandas ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos
- Sujetos que pueden presentar la demanda ante el TEDH: Estados parte (art. 33 CEDH) y personas (art. 34 CEDH)
- Demandas que serán aceptadas por el TEDH: violaciones de los derechos por los poderes públicos.
- Criterios de admisibilidad de las demandas del TEDH (art. 35 CEDH)
- Protocolo núm. 14 al CEDH: se inadmitirá la demanda si “el demandante no ha sufrido un perjuicio importante, a menos que el respeto de los derechos humanos garantizados por el Convenio y por sus Protocolos exija un examen del fondo de la demanda, y con la condición de que no podrá rechazarse por este motivo ningún asunto que no haya sido debidamente examinado por un tribunal nacional”
- Análisis de los hechos (art. 38 CEDH): los Estados interesados proporcionarán todas las facilidades necesarias
- El Arreglo amistoso será confidencial y en caso de acuerdo archivará el asunto (art. 39 CEDH)
- Obligatoriedad de Cumplimiento y 3 meses para pagar la indemnización (art. 46 CEDH)
Efectividad de las sentencias del Tribunal de Derechos Humanos en España
- STC 245/1991 (Tol 80618), asunto Barberá, Messegué y Jabardo, de 6 de diciembre de 1988
- Auto 61/2013, de 22 de octubre de 2013, del Pleno de la Sala de lo Penal de “ejecución” a la STEDH Del Río Prada c. España.
- El Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo adoptó el 21 de octubre de 2014 la decisión de admitir el recurso de revisión como vía para ejecutar las SSTEDH.
Esperamos que esta información sea útil a los ciudadanos españoles y a otros Abogados de Almería. Podeís dejarnos cualquier cuestión en los comentarios para ampliaros esta noticia.
En Primera Instancia Abogados Almería somos especialistas en Derecho Penal y Civil y podemos ayudarte como Abogados a Plantear un Recurso de Amparo ante el Tribunal Constitucional Español como a acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Como Abogados en Almería sabemos que plantear una Demanda ante el Tribunal Constitucional o al Tribunal Europeo de Derechos Humanos exige una gran experiencia como abogados y es un proceso extremadamente complejo.
Puedes contar con nuestra experiencia con nuestro Bufete legal en Almería para contarnos tu caso sin coste alguno.
Hola.
Mi caso en breve es que representé a mi madre en la solicitud de una pension de viudedad después de haber fallecido mi padre que era militar en el ejercito español cuando España estaba en el Sáharar, después de un recorrido en trámites me la denegaron con una Sentencia firme el 2007 en el tribunal de justicia de la C, Autónoma de Valencia, el abogado y la procuradora que me designaron de oficio nunca me dieron la posibilidad de exponer nuestro punto de vista, parece que han presentado un recurso en base una Ley de 1965 que concierne al personal marroquí que ha servido en el ejército español hasta esa fecha a pesar de tener nuestra documentación que deja claro que mi padre no tiene nada que ver esa Ley, es saharaui y no marroquí.
Desde que recibimos esa sentencia que dice « no es susceptible a recurso » , hemos estado intentando buscar alguna solución, mandé varias cartas a los distintos archivos militares para recopilar el historial de mi padre, solo el archivo de Canarias me mandó algo, los de esa oficina me habían dicho que el resto de su historial estaría en Ceuta, les escribí tres veces nunca me dijeron que no lo tenían pero no me mandan nada.
En julio del 2013 empezaron a salir sentencias en el Supremo dando la razón a personas en semejante situación concluyendo que basta con el DNI bilingue como el que nosotros tenemos es suficiente para acreditar que la persona no es marroquí sino saharaui. Después de ese cambio de Jurisprudencia presenté la solicitud al Ministerio de Defensa pero me respondieron que ellos no pueden estar abriendo expedientes constantemente y que en mi caso ya hay una sentencia firme, le escribí al Defensor del Pueblos, me mandó dos respuestas, primero me dijo que efectivamente hubo un cambio de Jurisprudencia y que no parece que mi madre haya presentado una solicitud después de ese cambio, le respondí que sí presentamos solicitud y lo que me respondió el Ministerio, luego me respondió que su Institución no tiene competencias para interferir en decisiones de los tribunales.
Lo visto en estas actuaciones de la administración puedo afirmar :
1º- Que hay una intención calara de privarnos de nuestro derecho al no dejarnos la posibilidad de ser escuchados ni tener en cuenta los documentos de prueba que hemos presentado dejándonos en una situación de INDEFENSIÓN y una vulneración al derecho a la TUTELA JUDICIAL.
2º- Una discriminación, resolviendo favorablemente a casos similares y privándonos a nosotros.
Mi consulta es que después de agotar todas las vías ( por lo menos a mi entender), si hay la posibilidad de llevar el caso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y como hacerlo, procedimientos y presupuesto.
Atentamente.
Ahmed [Datos personales elimininados]
Saludos,
Muy probablemente su caso pueda estar comprendido en el supuesto de tener que acudir a un Tribunal supranacional, hasta donde sé hubo bastante irregularidades del Estado cuando finalizó el Protectorado y como bien indica usted ha sido necesario acudir a la Justicia.
Pero no estoy seguro de que necesites acudir a un organismo superior. No te puedo dar detalles sin analizar a fondo los documentos que tengas o que haya que obtener.
Ahora bien, dado que ha sido atendido por la Justicia, hay cambios de jurisprudencia más o menos reciente. Es una cuestión, que tiene mucho de política y se tiene que mirar a fondo.
El hecho de enviar cartas no suele ser la forma más conveniente cuando se quiere obtener una sentencia estimatoria.
Si vistos los documentos, hay datos a tu favor, lo mejor suele ser analizar la viabilidad judicial del supuesto.
Son muchos datos los que mencionas.
Póngase en contacto, y si puede vaya digitalizando la documentación más importante para que podamos darle un vistazo en el despacho.
Necesito informacion, para presentar una denuncia ante el Tribunal de Justicia Europeo y de Derechos Humanos
Tienes bastante información en la propia web del Tribunal para ver como proceder.
Para presentar una demanda al TEDH, hay que presentarla con abogado y pagar un deposito, y sino la demanda no es admitida. En cambio leo que las demandas no necesitan abogado y que son gratis. ¿Quien tiene razón? ¿O es para que puedan no admitir mas demandas por cuestión de forma?
Saludos Ramón,
Si desea información sobre la admisibilidad de la presentación de una Demanda en la web oficial del Tribunal puede encontrar múltiples documentos.
https://www.echr.coe.int/Pages/home.aspx?p=applicants/spa&c
Sobre Depósito Vs Gratis.
Los depósitos no son un pago, como su nombre indica son un depósito, fundado muchas veces en evitar demandas temerarias o sin base. Cómo bien sabrá la palabra gratis no existe en algunos idiomas, o eso dicen. Todo exige tiempo y siempre hay alguien que paga la factura. En este caso los ciudadanos con sus impuestos.
Aunque a su pregunta, si puede desincentivar a acudir al mismo sin acompañamiento.
Toda inadmisión es fundamentada y subsanable. Suele ser raro que no se permita subsanar una cuestión de forma salvo que sea muy manifiesta.
Gracias por comentar.
Buenos días mi caso es sobre mi divorcio soy de ecuador y tengo nacionalidad española y actualmente vivo en suiza . Puse mi divorcio el 2015 y fui sentenciado en pagar 1500 francos sin saber hablar francés sin un traductor oficial sin abogado y hasta ahora abril 2021 sigo con una pensión de mis hijos de 600 y ahora me piden 1000 francos para mi ex hasta la jubilación de ella y no me han divorciado tan solo se basan en sentencia de pensiones y pagos estoy lleno de deudas y entrado en depresión sin llegar aún acuerdo de Lis jueces se por todo en suiza donde yo no he podido rehacer mi vida.
He sido víctima de muchas consecuencia .
Quiero contar mi historia .
Creo que tengo derecho a una indemnización porque creo que no respetado mis derechos como ser humano .
Si usted lee mi caso .
Por favor ayúdenme .
Muchas gracias
Saludos, indica que ha realizado un divorcio en Suiza con una sentencia que le gustaría revisar o que está siendo revisada y donde su circunstancias económicas se han agravado.
Usted debe en principio por los datos que indica buscar un abogado especialista en familia en Suiza que solicite una modificación de la sentencia en base a sus nuevas circunstancias.
No sé exactamente a que se refiere con ser humano. Ambos progenitores deben hacerse cargo de sostenimiento de los hijos. Me gustaría ser más concreto si bien desconozco la legislación de familia en Suiza y entiendo que habrá algunas particularidades procesales con los cantones.
Si busca un abogado que le atienda en Suiza en Español. Consulte el listado de abogados disponibles en su embajada.
Gracias por comentar y comentar su experiencia.
¿ cómo se puede proceder si el TEDH no admite a trámite una recurso alegando que la firma del formulario no es la original ya que firme con el móvil en el formulario Autofill que la misma web de ellos aporta ?
¡Saludos!
Lamento escuchar sobre su situación en el TEDH. Entiendo que puede ser frustrante que no hayan admitido su recurso debido a una cuestión de forma como es la firma realizada mediante Autofill en el formulario web.
Mi recomendación sería que busque asesoramiento legal de un abogado especializado en derechos humanos.
Los abogados podemos ayudarte con un estudio de viabilidad legal del caso para que puedas determinar mejor las opciones.
Si decides hacerlo en solitario, deberás contactar con ellos directamente para que te orienten sobre como proceder.
PD: En lo referente a ese caso concreto, lo primero sería ver si la demanda está estructurada correctamente. En segundo lugar, deberás elegir si vuelves a presentar (Siempre que no lo impida) o solicitar una reconsideración alegando que la firma vía Autofill (Desconozco exactamente a que te refieres con eso) debe ser un proceso válido. En ese sentido, si decides ir por ahí busca la normativa relacionada con la firma y las certificaciones para hacer la argumentación.
Espero que encuentres una solución pronto. ¡Mucho ánimo! 🌟