El Tribunal Europeo de Derecho Humanos condena a España por no permitir quemar fotos del Rey.

Perfil genérico de Primera Instancia Abogados en Almería, escribiendo para conectar y asesorar a través de nuestro blog nacional. Comenta y participa con tus preguntas o necesidades legales.
Primera Instancia Abogados

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos también conocido como Tribunal de Estrasburgo ha condenado a España por imponer una sanción de multa de 2.700€ a dos manifestantes que quemaron una foto de los monarcas.

El TEDH entiende que quemar una foto de los Monarcas no es un delito contra las personas de la monarquía sino una critica a la forma en la que se constituye la jefatura del Estado Español.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos entiende que quemar una fotografía de los monarcas en una manifestación queda comprendida dentro de los supuestos de libertad de Expresión contemplados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos de los que España al igual que el resto de países miembros forma parte.

Los demandantes acudieron al Tribunal Europeo tras agotar todas las vías judiciales en España como el Recurso de Amparo.

Así el Tribunal Europeo condena a España a pagar una indemnización con 7 votos a favor y 4 en contra.

Un toque de atención a España

En España se están dictando sentencias que entiende los ataques a los monarcas no como una institución sino como personas individuales.

Muy posiblemente los detenidos o encarcelados así como aquellos con condena penal que no han ingresado en prisión acudan al Tribunal Europeo de Derechos Humanos para solicitar una indemnización y una reparación del daño en los casos de libertad de expresión utilizados en los mensajes públicos y redes sociales.

Un toque de atención, por cuanto que España debe cumplir con los tratados internacionales y europeos de los que forma parte y que permiten la sátira, la crítica y toda acción pública contra las instituciones siempre que sea pacífica contemplándola dentro de los supuestos de libertad de Expresión.

Si se sigue esta tendencia, los Jueces españoles deberían comenzar a definir y perfilar que se entiende por símbolos y cargos políticos y que se entiende por personas, ya que la falta de una concreción en la norma encaja dentro de los supuestos por los que las voces críticas hablan de Ley Mordaza.

Que los insultos sean de mal gusto no conlleva ilícito penal

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos no debiera convertirse en la última instancia Española de los delitos relacionados con la Libertad de Expresión dada la excesiva lentitud con la que resuelven. En este caso más de 10 años para obtener una sentencia ajustada a derecho.

Personal del Poder Judicial lleva tiempo alertando sobre la excesiva ideologización de las altas instancias del Poder Judicial. Una lección de Europa a la forma de interpretar los Derechos Humanos de los Europeos y que dejan a España en una situación de poco respetuosa con los derechos humanos.

Nuevo servicio

¿No estás seguro?

Pide presupuesto

Gratuito, respuesta en 24 h.

Participa

Tu nombre no será publicado.

0 Comments

Submit a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
Hola
¿En qué podemos ayudarte?