Los aprovechamientos secundarios van a seguir el régimen general ( Ejemplo: Manipuladores, etiquetadores…)Para ser actividad agraria complementaria se exige que un porcentaje de la renta agraria supere el 25% de la renta total.
Las Actividades Agrícolas Complementarias reciben ayudas normalmente de los Planes de Desarrollo rural. Así fincas agrarias pueden obtener por ejemplo ayudas para la creación de negocios de agroturismo con el único requisito de que las rentas principales provengan de la Agricultura.
Soy autonomo agricultor prioritario, pero tambien soy pintor.
¿Me puedo dedicar a las dos profesiones? Tengo que cambiar mi régimen de autónomo? ¿Cuanto debo facturar por agricultura ya que recibo PAC y cuento por la segunda actividad?
En que opción se tributa por la segunda actividad y tengo que pagar otra cuota de autónomo?
En espera de su contestación .,
Cuestiones tan concretas requieren que contrate una consulta para ver su situación personal y profesional.