Denominaciones de Origen Geográficas
Las Denominaciones de origen, son un estatus jurídico que se asigna a una determinada zona geográfica y que marca los estándares de producción.
Tiene ventajas comerciales y de ayudas. No es obligatorio pertenecer a ellas y pueden crearse nuevas denominaciones.
Los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen son organizaciones interprofesionales de productores agroalimentarios que se reúnen y tiene como fin vigilar y crear las condiciones y normas de las Organizaciones de productores fijando sobre todo condiciones de elaboración, normas de producción y fabricación de los alimentos o productos que tiene origen en explotaciones agrarias con una serie de características que las hacen peculiares o a diferenciar del resto de productos.
En Primera Instancia LEGAL trabajamos los aspectos relacionados con las Denominaciones de Origen.
Estar dentro de una Denominación de Origen permite que el estado asigne partidas presupuestarias a la difusión del producto a las que difícilmente un pequeño agricultor podría acceder con sus propios medios.
De otra un exceso del número de Denominaciones de Origen produce confusión en el consumidor y por tanto una falta total de valor.
Existen Denominaciones de Origen estatales y compartidas entre varios estados.