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No pagar el Crédito – Préstamo

Primera Instancia Abogados Almería

El contrato de préstamo vinculado o contratos vinculados a crédito al consumo son supuestos de los más cotidianos. Muchísimos consumidores optan por créditos bancarios con importes entre 300€ y 6000€ para pagar un servicio o producto a plazos.

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Las mismas empresas suelen llegar a acuerdos o convenios de financiación preferente con los bancos, e incluso muchas empresas tienen un departamento financiero que analiza la posible solvencia y tramita el préstamo con la financiera para que el consumidor pueda contratar el servicio. Si el consumidor puede pagar y realiza el contrato, entonces el contrato de prestación de servicios o bienes se celebra.

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Definición de contratos vinculados

Los contratos vinculados son todos aquellos tipos de contratos en los que el cumplimiento de la obligación principal queda condicionado a que se cumpla la segunda condición.

Definición de contrato de crédito vinculado

Por ejemplo, en un contrato de préstamo de pago aplazado, la condición principal es pagar las cuotas del préstamo, pero siempre que se cumpla la segunda, esto es, que se la empresa preste el servicio.

Definición de contratos de consumidores

Son todos aquellos que no son realizados por compradores profesionales sino particulares y a los que la ley da mayores derechos por considerarlos vulnerables dentro de la relación comercial. Pongamos por ejemplo, un padre de familia reclamando a una gran superficie.

Definición de contrato de crédito vinculado al consumo
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Tanto empresas como consumidores puede realizar la contratación de créditos vinculados. Ahora bien, la normativa de consumidores y usuarios tiene un régimen favorable a los consumidores por cuanto que pueden cancelar el crédito si el servicio no se presta sin necesidad de acudir a la vía judicial.

Pongamos un ejemplo, un particular o consumidor acude a una clínica dental, por ejemplo iDental, el odontólogo le presupuesta un tratamiento y el cliente que no puede o no desea pagarlo en efectivo opta por la financiación ofrecida por un convenio con una entidad bancaria ofrecida por iDental para pagar el tratamiento a plazos. Firma el contrato o presupuesto y firma el contrato de préstamo al consumo.

Hasta ahí todo bien.

¿Pero qué sucede si como en el caso de iDental no recibe el tratamiento, no se le termina el tratamiento dental o este se presta de forma deficiente?

El cliente se transforma en un afectado por una prestación de un mal servicio o un servicio que no recibe y las cómodas cuotas, dejan de ser cómodas y se transforman en una obligación de pago por un servicio que no se está recibiendo.

¿Qué tendríamos que hacer para no seguir pagando el crédito de IDental?

IDental ha recibido todo el dinero del préstamo por parte del banco, pero el consumidor tiene que pagar el préstamo más los intereses.

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La normativa de consumidores da la opción de dejar de pagar el préstamo para que el consumidor pueda acudir a otra empresa a continuar el servicio.

¿Cuál es la lógica de los créditos vinculados al consumo?

Los créditos vinculados al consumo siguen una normativa uniforme no solo en España sino en toda la Unión Europea. Parte de la premisa de que no hay que seguir pagando por un servicio que no se recibe correctamente.

Si IDental por ejemplo retrasa las citas, no atiende las llamadas, o no realiza el tratamiento tenemos derecho a cancelar el contrato con iDental y de forma simultanea el contrato de préstamo.

Si no se protegiera al consumidor, iDental se quedaría con todo el dinero del tratamiento sin prestar el servicio. Cosa que ocurre en la práctica.

Dispone la Ley de Créditos al Consumo que para que un contrato pueda calificarse como vinculado a otro principal debe reunir tres requisitos:

  1. Qué el consumidor haya concertado un crédito con un empresario distinto del proveedor de aquellos.
  2. Qué entre la entidad financiera que concede ese crédito y el proveedor exista un acuerdo previo, concertado en exclusiva, en virtud del cual este ofrecerá créditos a los clientes para la adquisición de sus bienes o servicios.
  3. Qué el crédito concedido al consumidor lo haya sido precisamente en base a ese acuerdo previo.

¿Quiénes son las victimas en un caso de no prestación del servicio?

Los afectados por IDental serían tanto el consumidor como el banco. Ya que ha faltado a ambos.

 

 

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El Paciente o afectado de iDental puede ser víctima de Publicidad fraudulenta, estafa, negligencia médica o mala praxis entre otras.

Razones para acudir a la vía Judicial contra iDental. ¿Vía Penal o Civil? ¿Cuales son las bases o argumentos para la denuncia o demanda?

Razones para defender en casos de negligencias médicas por Hospitales y centros sanitarios privados.

Servicio de Demanda por negligencias y mala praxis en clínicas dentales.

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