¿Qué hacer si nos vemos envueltos en una Pelea?
Si alguna vez te has visto involucrado en alguna pelea en Almería te habrás hecho preguntas sobre la mejor forma de proceder legalmente, así que te vamos a dar algunos consejos que esperamos te puedan ser útiles si eres víctima de una agresión en una pelea.
Primera Instancia Abogados: peleas y delitos de lesiones en Almería
Lo primero, si has llegado aquí buscando un abogado en Almería para asistir en la denuncia o querella debes saber, que como Abogados penalistas 24 horas en Almería con frecuencia nos toca asistir a una detención de la policía por una pelea. Normalmente recibimos una llamada de algún cliente, familiar o amigo para pedirnos consejo sobre la forma de proceder ante una pelea. Te podemos ayudar como abogadagos. De otra, vamos a darte una serie de pautas para saber como actuar ante un delito de lesiones con un poco de suerte puede que lo leas antes de poner una denuncia ante la Policia Nacional o Guardia Civil.
Disfruta de la comodidad de trabajar a distancia.
Ofrecemos un sistema de expediente en la nube para ver todos los trabajos realizados y la situación procesal de su expediente. Así como un amplio número de recursos y guías. Queremos ser su despacho de cabecera para sus asuntos personales y negocios. Pida presupuesto o pida una cita.
Normalmente las peleas que atendemos en Almería como abogado penal se dan de noche y los fines de semana. El origen de las mismas peleas o altercados se suceden en discotecas y pubs de Almería por todos conocidos. No se sabe ni como empiezan, pero hay un momento en que todo se sucede rápidamente iniciando una de la partes una agresión física frente a la otra. Con o sin razón es algo que corresponderá al Juez. Como abogados expertos en Penal en Almería nos desplazamos inmediatamente al lugar de los hechos si la policia sigue presente, o bien a comisaría o centro hospitalario para ayudar a nuestros clientes en cualquier cuestión legal que nos soliciten.
La cuestión no es sencilla, los partes médicos deben quedar recogido de forma correcta en un delito de lesiones como consecuencia de una pelea o trifulca. Esto es importante porque nos permitirá acreditar los daños y lesiones y por tanto ayudar a graduar la pena en base al grado de culpa, así como la indemización correspondiente.
No actuar de rápidamente con un buen asesoramiento legal puede tener como consecuencia que no se pueda probar la culpabilidad del agresor.
El Abogado Penal ante los delitos de lesiones por peleas
1. Ten a mano el teléfono de un abogado experto en derecho penal. Estamos en Almería. Atendemos 24 horas en caso de peleas, agresiones y trifulcas.
Arriba tienes nuestro teléfono, somos abogados penales las 24 horas en Almería. Si te ves envuelto en un delito o conoces a alguien que ha sido detenido conserva la calma y ponte en contacto con nuestro despacho de abogados en Almería y te ayudaremos.
2. Si tienes lesiones por la pelea acude al médico de urgencias inmediatamente.
Es mejor acudir inmediatamente al médico u hospital más cercano que dejarlo para el día siguiente. Cuéntale al médico de urgencias lo que te ha sucedido con todo detalle y pide que figure en el informe médico todos los dolores, lesiones y daños que has sufrido.
Ponte en contacto con nuestro despacho de abogados, y si no puedes, lee el informe médico de urgencias con calma antes de abandonar la sala médica, si ves que no ha hecho alguna referencia a algún daño, indícaselo amablemente.
3. Ante una agresión o lesión en pelea la policía está para ayudarte en un delito de lesiones
La Policía acudirá ante una llamada y tomará parte de los acontecimientos, sin embargo la policía está para evitar o poner fin a la agresión, no para aconsejarte legalmente. Ciertamente hay grandes policías en Almería, pero no es su función. Lo mejor es que te pongas en contacto con un abogado penalista inmediatamente.Te mucho cuidado con lo que dices, por si te puedes incriminar, aun no habiendo iniciado la pelea. Normalmente los que inician las peleas no suelen hacerlo por primera vez y saben la forma de proceder por experiencia propia.
4. No hagas la denuncia de la pelea sin la asistencia letrada de un abogado penal experto en delitos de lesiones.
Cuando sufrimos una pelea, lo normal es acudir inmediatamente a la policía para poner una denuncia siguiendo sus instrucciones.
Esto suele ser un error, una denuncia debe ser presentada de forma clara para que sea efectiva y un abogado penal tiene experiencia.
Más de 1.000 consultas atendidas
Reserve en la agenda, y a la hora convenida un abogado resolverá su preocupación.
Como Abogados en Almería cuando planteamos una denuncia tenemos mucho cuidado con las palabras empleadas ya que en un juicio lo relevante son las pruebas, y las declaraciones mal hechas suelen jugar en contra del cliente.
Por desgracia hemos visto también como los agresores se autolesionan para justificar un mayor daño y denunciar a la víctima. Estas situaciones son realmente complicadas de solventar si no se tratar con un abogado especialista en penal desde el primer momento.
5 ¿Qué pediremos como abogados penales ante un delito de lesiones por una pelea?
Primeramente pediremos el tipo penal de prisión máximo como acusación y el mínimo como defensa estando muy atentos al atestado policial , las pruebas del presunto delito y los antecedentes policiales y antecedentes penales teniendo un especial cuidado con las indemnizaciones correspondientes por las lesiones sufridas y daños materiales.Para analizar las lesiones sufridas utilizaremos los informes médicos y con ellos analizaremos como las lesiones dificultan la vida diaria para pedir el máximo. También tendremos en cuenta los daños materiales sufridos en ropa u objetos personales por caídas como relojes, móviles… Además se deben valorar los siguientes conceptos jurídicos:
Responsabilidad civil subsidiaria a consecuencia de la agresión, riña o pelea
Si hay daño en una pelea debe haber siempre un resarcimiento económico.
Falta de prueba de la agresión a consecuencia de la agresión, riña o pelea
Ahora bien, es fundamental acreditarlo.
Tratamiento médico o quirúrgico a consecuencia de la agresión, riña o pelea
En el sentido anterior el parte de urgencia es fundamental, pero también el seguimiento y tratamiento posterior tanto por el especialista como médico de cabecera.
Mutilaciones a consecuencia de la agresión, riña o pelea
A veces los resultados de la pelear no permiten una curación sin consecuencias y producen efectos como:
- Deformidad a consecuencia de la agresión, riña o pelea
- Lesiones psíquicas a consecuencia de la agresión, riña o pelea
Cualificación por el uso de medios peligrosos a consecuencia de la agresión, riña o pelea
No es lo mismo una pelea con las manos o empujones que utilizando medios contundentes y de otra se debe valorar los resultados previbles de esa herramienta de menor gravedad a consecuencia de la agresión, riña o pelea.
Maltrato habitual a consecuencia de la agresión, riña o pelea
No es lo mismo que sea una pelea puntual que algo ocasional, al igual que el parentesco o afinidad sube la penal.
Relación de causalidad a consecuencia de la agresión, riña o pelea
En el punto anterior también tenemos que tomar en consideración a jefes, subordinados…
Dolo eventual a consecuencia de la agresión, riña o pelea
Lo que vulgarmente se llama “Graduar la mala ostia”, es decir, hay quienes quieren hacer daño y lo hacen, así como supuestos en los que es fortuito o coloquialmente “Sin querer”. Este concepto es fundamental ya que afecta fuertemente al tipo y la pena.
Derecho de corrección a consecuencia de la agresión, riña o pelea
Vulgarmente “si se queda tirado en el suelo y sale corriendo o llama a una ambulancia y está pendiente”
Participación delictiva a consecuencia de la agresión, riña o pelea
Si la pelea es consecuencia de un delito.
Penalidad a consecuencia de la agresión, riña o pelea
Y qué tipo de delito ¿Trata de blancas? ¿Robo con violencia? ¿Pelea fortuita?
Relación con los delitos contra la vida a consecuencia de la agresión, riña o pelea
Relación con los delitos contra la seguridad de los trabajadores a consecuencia de la agresión, riña o pelea
También tenemos que tener en cuenta si participan terceras personas, la provocación…Es complejo, por tanto el juez puede dudar y el papel del abogado penalista experimentado es esencia.
ABOGADOS PENALISTAS EN ALMERÍA 24 HORAS, defendemos antes lesiones, peleas y altercados en Almería, Málaga, Almería y parte de Jaén. Asistencia a la Víctima como acusación particular o al presunto agresor como defensa.
En Primera Instancia Abogados somos abogados penalistas con experiencia. Te dejamos unos conceptos básicos en Derecho Penal para este tipo de casos
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Derechos del Detenido
Conforme con lo dispuesto en el artículo 118.-1 de la L.E.Crim
- a) Derecho a ser informado de los hechos que se le atribuyan, así como de cualquier cambio relevante en el objeto de la investigación y de los hechos imputados. Esta información será facilitada con el grado de detalle suficiente para permitir el ejercicio efectivo del derecho de defensa.
- b) Derecho a examinar las actuaciones con la debida antelación para salvaguardar el derecho de defensa y en todo caso, con anterioridad a que se le tome declaración.
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- c) Derecho a actuar en el proceso penal para ejercer su derecho de defensa de acuerdo con lo dispuesto en la ley.
- d) Derecho a designar libremente abogado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 a) del artículo 527.
- e) Derecho a solicitar asistencia jurídica gratuita, procedimiento para hacerlo y condiciones para obtenerla.
- f) Derecho a la traducción e interpretación gratuitas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 127.
- g) Derecho a guardar silencio y a no prestar declaración si no desea hacerlo, y a no contestar a alguna o algunas de las preguntas que se le formulen.
- h) Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.
Observaciones sobre los derechos de los detenidos:
- Podrán renunciar a la preceptiva asistencia de abogado si su detención lo fuere por hechos susceptibles de ser tipificados exclusivamente como delitos contra la seguridad del tráfico, salvo en el caso de menores de edad, siempre que se le haya facilitado información clara y suficiente en un lenguaje sencillo y comprensible sobre el contenido de dicho derecho y las consecuencias de la renuncia. El detenido podrá revocar su renuncia en cualquier momento
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Conceptos básicos en Detenciones penales
- Diligencia: Es el documento escrito que recoge un asunto penal (policial o judicial). Por ejemplo, la declaración de una persona que es víctima o testigo de un robo.
- Investigado: Es la persona a la que investigan para saber si ha hecho una cosa que esta mal y no es legal. Por ejemplo, robar, violar hacer daño a unapersona y otras cosas más.
- Estado: Es la situación civil de una persona. Por ejemplo, soltero, casada, divorciada, viudo y separada.
- Ley de Enjuiciamiento Criminal: Esta norma regula las actuaciones policiales y judiciales cuando se ha cometido un delito.
- Unidad Investigadora: Es el Cuartel de la Guardia Civil, Comisaría de policía y otros más.
- Declarar: Es contar lo que ha ocurrido.
- Juez: Es la persona que imparte justicia.
- Abogado del turno de oficio: Es el abogado que defiende a una persona en temas de leyes cuando no ha elegido uno que conozca.
- Abogado: Es la persona que ha estudiado y conoce las leyes y ayuda a las personas en temas de leyes.
- Asistencia jurídica gratuita: Recibir gratis del Estado, si no puede pagarlo, la ayuda, apoyo y asistencia necesaria de un abogado y personal especializado a lo largo del proceso y del juicio.
- Procurador: Persona que se encarga de los comunicados entre abogado y juzgado. Obligatorio en España en multitud de procedimientos. Es independiente del abogado. Debe contratarlo el cliente. Pero normalmente realiza la gestión el abogado.
- Poder de representación: Documento notarial en el que se autoriza al abogado y su equipo para la realización de tareas de representación.
- Provisión de fondos: Cantidad que se entrega en adelanto al abogado para poder realizar el presupuesto y ordenar los primeros gastos. Puede contener parte de sus honorarios o no. De este fondo se van detrallendo los gastos. Si hubiere sobrante, el abogado los devuelve según lo pactado o al finalizar el procedimiento.
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Delito de Lesiones Art. 147, 148, 149 Código Penal
Artículo 147 del Código Penal
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado, como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
2. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión no incluida en el apartado anterior, será castigado con la pena de multa de uno a tres meses.
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3. El que golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, será castigado con la pena de multa de uno a dos meses.
4. Los delitos previstos en los dos apartados anteriores sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
Artículo 148 del Código Penal
Las lesiones previstas en el apartado 1 del artículo anterior podrán ser castigadas con la pena de prisión de dos a cinco años, atendiendo al resultado causado o riesgo producido:
- Si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado.
- Si hubiere mediado ensañamiento o alevosía.
- Si la víctima fuere menor de doce años o persona con discapacidad necesitada de especial protección.
- Si la víctima fuere o hubiere sido esposa, o mujer que estuviere o hubiere estado ligada al autor por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia.
- Si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.
Artículo 149 del Código Penal
1. El que causara a otro, por cualquier medio o procedimiento, la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad, una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica, será castigado con la pena de prisión de seis a 12 años.
2. El que causara a otro una mutilación genital en cualquiera de sus manifestaciones será castigado con la pena de prisión de seis a 12 años. Si la víctima fuera menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección, será aplicable la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por tiempo de cuatro a 10 años, si el juez lo estima adecuado al interés del menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección.
SENTENCIAS DESTACADAS DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LOS DELITOS DE LESIONES APLICABLES EN CASO DE PELEAS
Defensa propia y riña mutuamente aceptada
No cabe apelar a la legítima defensa en supuestos de riña mutuamente aceptada
- Sentencia Penal Nº 2/2019, Audiencia Provincial de Cuenca, Sección 1, Rec 49/2018 de 29 de Enero de 2019
- Sentencia Penal Nº 190/2019, Audiencia Provincial de Madrid, Sección 29, Rec 64/2019 de 28 de Marzo de 2019
..Alega uno de los recurrentes que ha de aplicarse la eximente de legítima defensa, pero la Sala desestima dicha aplicación ya que en el caso examinado no hay ningún dato que evidencie que el actor se limitara a la realización de actos meramente defensivos. Existe una doctrina consolidada que afirma que no es posible apreciar la existencia de agresión ilegítima en supuestos de riña mutuamente aceptada, porque en ese escenario de pelea recíproca consentida, los contendientes se sitúan al margen de la protección penal al ser actores provocadores cada uno de ellos del enfrentamiento, de suerte que cuando el resultado lesivo se produce no cabe apelar a la legítima defensa, plena o semiplena…
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“La policía me ha llamado” “mi novio ha sido detenido”
Una buena defensa actúa rápido.
Si un amigo, novio o familiar ha sido detenido por la Policía o Guardia Civil en Almería o Almería, te ayudaremos.
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Nos desplazamos con urgencia en detenciones y causas penales.
Estudio y presupuesto sin compromiso por el Despacho de Abogados.
Llame al teléfono de Abogado de Urgencias 24 horas.
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¿Qué hacer si he sido detenido por la policía?
No hay soluciones rápidas, ni fáciles. Guarde la calma y no se desespere o desanime.
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¿Estoy detenido? ¿Soy investigado?
DETENIDO O INVESTIGADO
Un investigado nunca está detenido, si bien, si no aparece en la citación se puede solicitar su arresto.
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Por ello es conveniente asistir con un abogado penal.
Si está detenido debe saber que la detención preventiva no podrá durar más de setenta y dos horas. Transcurrido ese tiempo el detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial para tramitar la denuncia o querella y citarlo para declarar.
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Derechos del Detenido
- Tiene derecho a contratar un abogado especialista en Derecho Penal, a no declararse culpable y a declarar solamente ante el juez (Art. 520 de la LCrim).
- Tiene derecho a avisar a un familiar, ser reconocido médicamente, conocer su situación y solicitar un intérprete.
- Mientras esté detenido y lleguen los Abogados penalistas intente hacer memoria sobre cualquier hecho acontecido como apariencia física, matrículas, lugar, hora, actitud de los agresores y testigos.
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No declare ante Policía sin un Abogado Penal
No declare sin haberse entrevistado previamente con un abogado penalista. En Primera Instancia Abogados nos entrevistaremos con el detenido estudiando los datos de las diligencias y analizando los hechos. No confíe en nadie sin estar representado por un Abogado experto en Derecho Penal.
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¿Cómo actuar en comisaria cuando se es detenido?
- Guarde silencio hasta que llegue su abogado.
- Guarde cualquier documento que le pueda ayudar.
- Si se le detiene no pueden pasar más de 72 horas.
- Haga memoria: Agentes que le detuvieron, hora en la que se hizo la detención…
- Como abogados tendremos al corriente a familiares y amigos.
- Si es extranjero solicite un intérprete.
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¿Cómo comportarse en Comisaria ante la Policía?
- No declare y no firme nada sin asistencia letrada.
- Indique que colaborará cuando su abogado penalista esté presente.
- Si la policía le ha detenido sin motivo solicite el Habeas Corpus, para que un juez estudie el motivo de la detención.
- Si se encuentra herido, enajenado o ha consumido drogas, solicite asistencia médica.
- Pida copia de cualquier documento médico.
- La policía puede acusarle de resistencia a la autoridad, por lo que no amenace a la policía con denunciarles, tenga un tono sosegado hasta que su abogado penal se persone por usted.
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¿Cómo actuar ante el Juzgado?
- Normalmente se suele pasar a disposición judicial en 24 horas. Si bien el detenido puede llegar a pasar hasta 72 horas por cuestiones de horarios judiciales o por el tipo de investigación. Como abogados le ayudaremos a preparar la declaración.
- El Juez es quien decide si le da libertad provisional u ordena la prisión provisional.
- Si te encuentras mal o crees que se le ha hecho un mal informe médico, en el juzgado se podrá solicita un nuevo informe médico.
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¿Qué hacer una vez el Abogado penalista se reúna con el detenido?
Una vez un miembro de Primera Instancia Abogados se reúna con usted cuéntele todos los detalles de los hechos. El secreto profesional del abogado le beneficia y está garantizado con nuestro Despacho de Abogados en Almería.
Como abogados disponemos de 72 horas para negociar con el Juez su libertad provisional o ingreso en prisión en función de los datos que nos indique el detenido y los informes policiales.
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¿Cuánto tardamos en llegar y Representar al Detenido?
Los Abogados Penalistas de urgencias 24 horas de Primera Instancia Abogados se reunirán con la familia y el Detenido de forma privada en un espacio de 3 a 8 horas.
La detención no puede durar más de 72 horas sin pasar a disposición Judicial.
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Cómo Abogados especialistas en Penal en Almería, Málaga y Jaén tendremos que actuar rápido, con la mayor dedicación y en exclusiva poniendo todos los medios del Despacho de abogados a su disposición.
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¿Solicito un Abogado Penalista o un Abogado de Oficio?
Es una situación complicada, recomendamos contratar un Despacho de Abogados Penalista, ya que la experiencia y los medios materiales le van a ser muy útiles. El turno de oficio da unas garantías pero los abogados penales se dan por sorteo pudiendo suceder que se de con un profesional que no reuna la experiencia requerida para un supuesto especial como el suyo.
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¿Puede ser que tenga que pagar el abogado de oficio?
El Abogado de oficio puede ser solicitado por cualquier detenido en comisaría, pero solo será cuando el detenido por la policia o Guardia Civil tenga rentas bajas. En caso contrario deberá pagar los honorarios del Abogado Experto en Derecho Penal posteriormente
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