¿Cuándo prescriben las deudas de un moroso?

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Todas las deudas prescriben al pasar un tiempo y es una de las formas para salir de un registro de morosos.

Es una pregunta recurrente que me hace como abogado mercantil especializado en recobro de deuda. En este artículo, exploraremos cómo las deudas pueden prescribir, con el tiempo, una cuestión fundamental tanto para deudores como para acreedores. A través de este pequeño post y con ayuda de los comentarios espero poder ayudaros a despejar las dudas sobre como cancelar una deuda o como exigirla antes de que prescriba. Mi objetivo como abogado experto en recobro de deuda es clarificar estos conceptos y ayudarles a comprender tanto como cancelar una deuda como exigirla antes de que prescriba.

Si estás en un supuesto así, tanto el deudor como el acreedor en el contrato deben tener presentes las fechas antes de firmar un contrato, ya que puede ser que el deudor sea insolvente y cuando hagamos el último intento de cobro ya haya pasado el plazo para cobrar o ejecutar una sentencia judicial de cobro o embargo.

¿Qué es la prescripción de una deuda?

La prescripción de una deuda se refiere al fenómeno jurídico por el cual, tras el transcurso de un tiempo específico estipulado por la ley, una deuda deja de ser exigible judicialmente. Aunque la obligación financiera continúa existiendo, la capacidad del acreedor para reclamarla mediante procesos judiciales se extingue. Este mecanismo legal no solo busca proteger al deudor de reclamaciones eternas, sino también incentivar a los acreedores a actuar con diligencia.

La prescripción de la deuda es la fecha de caducidad para exigir el pago. Esto es, la deuda sigue existiendo, pero ya no se puede reclamar por la vía judicial por haber pasado el plazo máximo. Esto permite al moroso anular la petición de pago junto con otras medidas como pueden ser salir del registro de morosos.

¿Cuándo caduca o prescribe una deuda? Plazos de prescripción según el tipo de deuda

Los plazos para la prescripción de las deudas varían según su naturaleza y están definidos por la legislación española de la siguiente manera:

  • 20 años para deudas hipotecarias: Este largo periodo refleja la significativa cantidad de dinero generalmente involucrada en estos préstamos.
  • 15 años para deudas de tarjetas de crédito y operaciones mercantiles, como aquellas con proveedores, reflejando la naturaleza continua de estas transacciones.
  • 5 años para pagos de pensiones alimenticias y alquileres, lo que asegura protección tanto para el acreedor como para el deudor en acuerdos de largo plazo.
  • 4 años para deudas con entidades públicas como la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, asegurando que las obligaciones fiscales y sociales sean atendidas en un tiempo razonable.
  • 3 años para el pago de servicios profesionales de abogados, médicos, maestros y otros, así como deudas de consumidores a comerciantes, lo que refleja la frecuente interacción y la necesidad de resolución expedita de disputas.

¿Puedo salir del registro de morosos antes de que prescriba la deuda?

La respuesta es sí, para algunos supuestos.

El plazo máximo en el que nos pueden tener incluidos en un registro de morosos es de 6 años desde que se nos incluye en el registro. Pasado ese tiempo podemos solicitar la baja en el registro de morosos. Salir del registro de morosos no significa que la deuda desaparezca, solo que podemos solicitar el borrado del listado de morosos.

Según la normativa de protección de datos, tanto nacional como europea, ningún individuo puede figurar en un fichero de morosos por más de seis años. Sin embargo, es común que el deudor deba tomar la iniciativa para solicitar su eliminación del registro, pudiendo incluso demandar al registro por daños si no se le permite salir de manera oportuna. En principio debe ser el acreedor el que indique al deudor la baja de registro de morosos al deudor; sin embargo, en la práctica no siempre sucede así, por lo que tendrá que ser el deudor quien haga la solicitud y se encargue en un buen número de casos de pedir una sanción al registro de morosidad por no permitirle salir del registro de morosos.

¿Cómo salir del registro de morosos?

Para salir del registro de morosos, una vez hayan pasado los 6 años deberemos probar la fecha de la deuda y un plazo inferior a un mes (Entre unas cosas y otras…) deberemos obtener una respuesta del propio registro de morosos en el que se nos permita salir del fichero de morosidad en cuestión.

El Tribunal Supremo ha establecido precedentes significativos en este ámbito.

Por ejemplo, la jurisprudencia ha evolucionado para reconocer y compensar a los individuos por los daños sufridos debido a la inclusión indebida en estos ficheros. Sentencias recientes tienden a favorecer la estimación de indemnizaciones por los perjuicios económicos y daños al honor causados por reportes de morosidad indebidos o extemporáneos.

En un buen número de casos el deudor podrá solicitar una indemnización judicial por no haber salido del fichero de morosos en forma y tiempo, siendo las sentencias actuales tendentes cada vez con mayor frecuencia a dar la razón en la estimación de una indemnización económica por los perjuicios económicos causados en lo económico y el derecho al honor.

En cuanto a las cifras de indemnización establecidas por la jurisprudencia, estas pueden variar significativamente dependiendo del caso específico, los daños demostrados por el afectado, y la discreción del tribunal. Estas sentencias sueles ser recurridas inicialmente, ya que parten de considerar tanto los daños morales, como los económicos (Por ejemplo, el daño de no haber podido acceder a una hipoteca por una deuda ilegítima y no haber podido formar una familia de forma temprana)

En el caso de la Sentencia del Tribunal Supremo de 18 de noviembre de 2014, se reafirma la posibilidad de obtener compensaciones económicas por daños morales sin necesidad de probar un daño económico concreto, siempre que se demuestre la inclusión indebida y el daño a la reputación del afectado.

Hay que verlo muy detenidamente, pues estas se vienen dando basándonos en unos tramos asentados por la jurisprudencia que tomar en cuenta criterios varios.

Ahora bien, puede que la deuda no haya prescrito.

Parar la prescripción Enviando Burofax

En relación con las formas de detener la prescripción de una deuda, una de las técnicas más efectivas es el envío de un burofax. Este método se utiliza para comunicar de manera formal y fehaciente al deudor sobre la deuda pendiente, lo cual puede interrumpir el período de prescripción de la deuda. El envío de un burofax tiene varias ventajas clave:

  1. Certificación y Fechado: El burofax proporciona una prueba certificada y fechada de que el acreedor ha realizado un intento formal de cobro antes de que la deuda prescriba, lo cual es crucial para demostrar en un tribunal que se ha mantenido activa la reclamación de la deuda.
  2. Reconocimiento legal: En España, el envío de un burofax es reconocido legalmente como un intento de comunicación y notificación. Esto significa que su recepción (o la negativa a recibirla) por parte del deudor puede ser utilizada como prueba en procedimientos judiciales.
  3. Interrupción de la prescripción: Según el Artículo 1973 del Código Civil español, cualquier acto de reconocimiento de deuda por parte del deudor, o cualquier reclamación judicial o extrajudicial por parte del acreedor, incluido el envío de un burofax, interrumpe la prescripción. Esto reinicia el contador del período de prescripción, dando al acreedor más tiempo para tomar medidas legales si fuera necesario.

Es importante señalar que el envío de un burofax debe ser considerado como parte de una estrategia más amplia de gestión de cobros y no debe utilizarse indiscriminadamente sin considerar otras opciones de comunicación y negociación con el deudor. En situaciones donde la relación entre las partes aún puede ser preservada, otros métodos menos formales pueden ser preferibles antes de optar por la vía del burofax.

Conclusión

Como abogado mercantil, recomiendo a los deudores y acreedores mantenerse informados sobre los plazos de prescripción de las deudas y actuar proactivamente para gestionar sus finanzas y obligaciones legales.

Si tienes preguntas adicionales o deseas compartir tu experiencia, te invito a dejar un comentario en esta publicación.

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