ENVÍO DE BUROFAX AL INQUILINO MOROSO ANTES DE INICIAR PROCEDIMIENTOS JUDICIALESPRIMERO, le informo que no es estrictamente necesario enviar un burofax al inquilino o arrendatario moroso antes de iniciar una acción de desahucio, ya sea express o convencional, en Granada. Esta acción puede comenzarse sin necesidad de previo aviso mediante burofax. No obstante, es importante considerar las implicaciones de omitir este paso.SEGUNDO, se debe considerar que el envío de un burofax podría impactar en el procedimiento judicial posterior. Si el inquilino recibe un burofax en el que se le informa sobre la morosidad y no paga el alquiler adeudado ni abandona el inmueble en un plazo de 30 días desde su recepción, perderá la oportunidad de enervar la acción de desahucio, es decir, de paralizar el procedimiento judicial pagando las cantidades debidas.TERCERO, el envío de un burofax previo al inicio del procedimiento judicial ofrece una evidencia documental clara y fehaciente de la comunicación de la deuda al inquilino, lo que puede reforzar la posición del arrendador en el juicio. Este documento puede servir para demostrar que se ha otorgado al inquilino la oportunidad de cumplir con sus obligaciones de pago antes de proceder a la vía judicial.CUARTO, la decisión de enviar o no un burofax debe considerarse cuidadosamente, valorando tanto la rapidez del proceso que se desea seguir como la fortaleza de la posición legal que se pretende asegurar en caso de que el asunto llegue a los tribunales.RECOMENDACIÓN: Ante la situación descrita, tiene derecho a optar por la estrategia legal que más convenga a sus intereses, aunque se sugiere consultar con nuestros abogados para verificar todos los detalles de su caso específico. Es fundamental asegurarse de seguir los pasos adecuados en el procedimiento para evitar complicaciones futuras.