Autorización de traslado internacional de cadáveresEste procedimiento asegura el cumplimiento de los requisitos sanitarios necesarios para el traslado internacional de cadáveres, tanto para la entrada como para la salida de España. Es fundamental para garantizar que todos los aspectos sanitarios y legales sean adecuadamente administrados durante el proceso.Documentación asociada:?? Certificado de defunción.?? Certificado de inscripción en el Registro Civil.?? Acta de embalsamamiento.?? Licencia de enterramiento.?? Autorización de traslado de las Autoridades Sanitarias locales.?? Autorización judicial (si el cadáver es judicial).Observaciones:Este procedimiento es gestionado por la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, bajo el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. La iniciación del procedimiento debe ser realizada por el interesado, y el efecto del silencio administrativo es negativo.Código del Sistema de Información Administrativa (SIA): 080430Administración: Administración del EstadoDepartamento: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar SocialCentro directivo: Dirección General de Salud Pública, Calidad e InnovaciónUnidad gestora: S.G. de Sanidad ExteriorMaterias relacionadas: SaludEfecto del silencio administrativo: NegativoPlazo de resolución: No especificadoNota importante:Dada la complejidad de los trámites relacionados con el traslado internacional de cadáveres, es crucial asegurarse de que toda la documentación esté completa y correctamente presentada. Se recomienda obtener asesoramiento legal especializado para asegurar que el proceso se maneje adecuadamente. Nuestro despacho de abogados especializado en derecho de extranjería está disponible para ayudar en la gestión de estos trámites, proporcionando apoyo y orientación a lo largo de todo el proceso.