Las sociedades se clasifican en:**Sociedad civil**: Engloba actividades como el ejercicio de profesiones liberales, la explotación agropecuaria o la gestión de establecimientos educativos.**Sociedad comercial**: Incluye las formas societarias especificadas en la Ley de Sociedades Comerciales, como la sociedad anónima (S.A.) o la sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.), entre otras.En el ámbito jurídico, las sociedades son consideradas personas jurídicas, lo que significa que tienen derechos y asumen obligaciones de forma independiente a los socios que las conforman. Este principio está sustentado en el **Artículo 33 del Código de Comercio**, que establece que la sociedad tiene un nombre, un patrimonio y un domicilio propios, y es responsable de sus deudas con su propio patrimonio. Esto protege a los socios contra reclamaciones directas de los acreedores sobre sus bienes personales, salvo en situaciones excepcionales donde la ley permite la extensión de responsabilidad.Las formas específicas de sociedades comerciales permitidas por la ley incluyen:Sociedad ColectivaSociedad en Comandita por AccionesSociedad AnónimaSociedad de Responsabilidad LimitadaSociedad en Comandita SimpleSociedad Accidental o en ParticipaciónSociedad de Capital e IndustriaCada tipo de sociedad comercial está detallado en la Ley donde se especifican sus características particulares, así como el régimen general para las no incluidas en estas tipologías. (Nota: algunas no se han incluido en este artículo)