El plazo para reclamar una deuda en España varía según el tipo de deuda y está regulado por el Código Civil y otras legislaciones específicas. Aquí están los plazos generales:**Deudas Comunes**: Según el **Artículo 1964 del Código Civil**, la mayoría de las deudas pueden reclamarse hasta 5 años después de que la obligación haya sido exigible.**Deudas con la Administración Pública**: Las reclamaciones que la Administración Pública realiza hacia los particulares tienen un plazo de prescripción de 4 años.**Servicios Profesionales**: Las deudas relacionadas con servicios profesionales tienen un plazo de prescripción de 3 años para ser reclamadas.**Hipotecas**: Las reclamaciones relacionadas con hipotecas pueden hacerse hasta 20 años después de la fecha en que la obligación se haya vuelto exigible.Es importante actuar de manera proactiva para evitar que prescriba. Especialmente en situaciones insolvencia temporal del deudor cuando se cuenta con un título ejecutivo como una sentencia. Igualmente en temas hipotecarios hay sentencias que matizan ciertos gastos en distintos escenarios temporales dependiendo de cuando se formalizó la hipoteca y los gastos asociados.
Hola buenas
Fui incluido en los ficheros de morosidad por Microbank sin carta certificada y el contrato es básico no cumple los 4 requisitos
Gracias Saludos
Ser incluido en ficheros de morosidad sin una notificación adecuada o si el contrato no cumple con los requisitos legales puede ser un incumplimiento de la normativa vigente, especialmente si no se respetan los requisitos esenciales de transparencia y notificación. En casos de inclusión en ficheros de morosidad, la ley exige que el acreedor notifique de forma fiable al deudor antes de proceder. Si no ha recibido la carta certificada y el contrato tiene irregularidades, es posible solicitar la cancelación de sus datos en los ficheros de morosidad e incluso reclamar una indemnización por daños si esta inclusión le ha causado perjuicio.