Sí, tienes derecho a una indemnización si has sido incluido erróneamente en el registro de morosos, especialmente si la deuda reclamada no existía, estaba ya pagada o era manifiestamente ilegal.En situaciones donde se demuestre que la inclusión fue incorrecta, no solo es posible obtener una compensación por los daños causados, sino también una condena en costas a la empresa responsable, cubriendo así los gastos judiciales incurridos. La cuantía de la indemnización dependerá de la capacidad para demostrar el impacto negativo que la inclusión en el registro ha tenido sobre ti, considerando aspectos como daños a la reputación, pérdida de oportunidades y, en algunos casos, daños morales. Dado que estos casos requieren un manejo específico y pruebas concretas, es recomendable obtener asesoramiento legal experto para salir de los registros de morosos.