Autorización de inscripción de indocumentadosEste procedimiento se destina a la documentación excepcional de extranjeros que acrediten no poder ser documentados por las autoridades de ningún país y que deseen ser documentados por España. Está especialmente diseñado para casos que involucran razones excepcionales de índole humanitaria, interés público, o el cumplimiento de compromisos internacionales de España.Documentación asociada:?? Deberá aportar documentos, declaraciones o cualquier otro medio de prueba oportuno para acreditar la concurrencia de razones excepcionales que justifiquen su documentación por parte de las autoridades españolas.?? Igualmente, deberá acreditar que no puede ser documentado por la misión diplomática u oficina consular correspondiente mediante acta notarial que permita dejar constancia del requerimiento efectuado y no atendido.Más información:Puede encontrarse información detallada sobre este procedimiento en la web [https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/extranjeria/pr_aut_ins_indoc.html](https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/extranjeria/pr_aut_ins_indoc.html), donde se detallan aspectos relevantes de ciudadanía y nacionalidad.Observaciones:Este procedimiento es gestionado por la Dirección General de la Policía, dependiente del Ministerio del Interior. La tramitación se realiza electrónicamente y requiere otros sistemas de identificación.Código del Sistema de Información Administrativa (SIA): 994239Administración: Administración del EstadoDepartamento: Ministerio del InteriorCentro directivo: D.G. de la PolicíaUnidad gestora: D.G. de la PolicíaMaterias relacionadas: Ciudadanía y nacionalidad[Acceso al procedimiento](https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/extranjeria/pr_aut_ins_indoc.html)Nota importante:Esta información puede estar desactualizada. Le recomendamos que exponga su caso a nuestros abogados especializados en derecho de extranjería. Trabajamos en toda España y gestionamos la mayoría de los trámites de forma rápida y experimentada.