Modificaciones de la situación de residencia a la situación de residencia y trabajo como investigador/a (MOD08c)Este procedimiento de modificación permite a las personas extranjeras que residen en España con una autorización de residencia y que han cumplido al menos un año de residencia legal, acceder a la situación de residencia y trabajo como investigador. Este cambio se realiza en el marco de un convenio de acogida firmado con un organismo de investigación autorizado expresamente por el órgano competente para suscribir dichos convenios con investigadores extranjeros.Documentación asociada:Es esencial presentar el convenio de acogida firmado con el organismo de investigación.Documentación que demuestre al menos un año de residencia legal en España.Documentación que acredite la cualificación y experiencia en el campo de investigación correspondiente.Observaciones:Este procedimiento es gestionado por la Secretaria General de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, bajo la Generalitat de Cataluña. La iniciación del procedimiento debe ser realizada por el interesado.Código del Sistema de Información Administrativa (SIA): 219587Administración: Administración AutonómicaDepartamento: Generalitat de CataluñaCentro directivo: Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y FamiliasUnidad gestora: Secretaria General de Trabajo, Asuntos Sociales y FamiliasMaterias relacionadas: Servicios Sociales e IgualdadNota importante:Dado que el acceso a la situación de residencia y trabajo como investigador requiere cumplir con requisitos específicos y la colaboración de instituciones de investigación, es recomendable obtener asesoramiento legal para asegurar que todos los requisitos y documentación están correctamente gestionados. Nuestro despacho de abogados especializado en derecho de extranjería está disponible para ayudar en la gestión de estos trámites, proporcionando apoyo y orientación a lo largo de todo el proceso.