La cancelación de los antecedentes penales en España se realiza automáticamente una vez transcurridos ciertos plazos desde el día siguiente al que la pena impuesta queda completamente extinguida.Es crucial entender que el plazo para la cancelación de los antecedentes comienza a contar desde el momento en que la pena ha sido completamente cumplida (No desde que se inicia el procedimiento o la sentencia).Estos plazos están especificados en el Artículo 136 del Código Penal y dependen de la gravedad de la pena impuesta:Seis meses para las penas leves.Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.Tres años para las penas que excedan de doce meses pero no de tres años.Cinco años para las penas entre tres y cinco años.Diez años para las penas superiores a cinco años.Ejemplo:Si una persona fue condenada a dos años de prisión por un delito de hurto y cumplió su condena el 1 de junio de 2015, sus antecedentes penales serán cancelables el 2 de junio de 2018, siempre y cuando durante ese período no haya cometido nuevos delitos.